Si su carro, camioneta o SUV sigue regresando al concesionario por el mismo problema, la ley limón de California puede obligar al fabricante a recomprarlo. Esta calculadora de recompra le da una idea aproximada de cómo se vería esa recompra: el descuento por las millas que usted manejó, el dinero que le regresaría a usted y la cantidad que se pagaría a su banco o compañía de leasing.
Es un estimado, no una oferta: los números reales salen de su contrato, sus pagos y sus órdenes de reparación. Debajo de la calculadora explicamos cada dato en palabras sencillas, damos un ejemplo y decimos lo que la calculadora no puede saber.
Cómo funciona esta calculadora de la ley limón
La ley limón de California es la Ley Song-Beverly de Garantía al Consumidor. Cuando el fabricante o sus concesionarios no pueden reparar un defecto cubierto por la garantía de un vehículo nuevo después de un número razonable de intentos, el Código Civil § 1793.2(d)(2) dice que el fabricante debe reemplazar el vehículo o pagar la restitución. Restitución es la palabra legal para la recompra, y usted decide cuál prefiere.
La restitución incluye el precio pagado o por pagar, impuestos y cuotas oficiales, y daños incidentales como grúa y renta de carro. En la práctica tiene dos partes: el fabricante liquida lo que usted todavía debe directamente al banco o a la compañía de leasing, y a usted le devuelve lo que ya pagó, más sus gastos incidentales, menos el descuento por millaje. Esa es la estructura que usa la calculadora.
El Código Civil § 1795.4 trata a quien arrienda como comprador, así que las mismas reglas aplican al leasing.
La fórmula del descuento por millaje
El fabricante no tiene que pagarle por las millas que usted manejó antes de que apareciera el problema. El § 1793.2(d)(2)(C) le permite restar una cantidad por ese uso: el precio del vehículo multiplicado por una fracción. Abajo de la fracción va 120,000. Arriba van las millas que el vehículo recorrió antes de que usted lo llevara por primera vez al fabricante o a su taller autorizado por ese problema.
Descuento por millaje = (odómetro en la primera visita − odómetro al recibirlo) ÷ 120,000 × precio del vehículo
- Solo cuentan las millas antes de la primera visita. Las millas que manejó después, mientras esperaba la reparación, no cuentan. Por eso la primera orden de reparación es tan valiosa.
- Es la primera visita por este defecto. Si a las 3,000 millas le arreglaron otra cosa y la falla que reclama llegó al taller a las 9,000, generalmente se usa 9,000. Una visita con "no se pudo reproducir" también puede contar.
- Se restan las millas de entrega. Las millas que el carro traía al recibirlo comúnmente se restan, y la calculadora hace lo mismo.
El precio de la fórmula es el del vehículo, no el total del contrato. Impuestos, registro, intereses, contratos de servicio y accesorios del concesionario generalmente no se multiplican por la fracción.
Un ejemplo hipotético
Este ejemplo es inventado. María compró una SUV nueva con un precio de $42,000. Los impuestos y cuotas fueron $4,300. Dio $5,000 de enganche y financió el resto. El odómetro marcaba 12 millas cuando se la llevó. A las 8,412 millas la llevó al taller porque la transmisión vibraba y patinaba, y volvió tres veces más. Ha hecho 14 pagos de $750, y según el banco $1,900 de eso fueron intereses. Su saldo para liquidar es $32,700, y pagó $600 de grúa y renta de carro.
| Millas antes de la primera visita | 8,412 − 12 = 8,400 millas |
|---|---|
| Descuento por millaje | 8,400 ÷ 120,000 × $42,000 = $2,940.00 |
| Total que ha pagado | $5,000 de enganche + 14 × $750 = $15,500.00 |
| Reembolso estimado para María | $15,500 + $600 incidentales − $2,940 de descuento = $13,160.00 |
| Pago estimado al banco | $32,700.00 |
| Total estimado del fabricante | $45,860.00, más los honorarios de su abogado, que se pagan aparte |
Sus números cuadran: precio, impuestos y cuotas, e intereses pagados suman $48,200, igual que lo que pagó más su saldo.
Si su fabricante optó por las reglas nuevas
Los cambios de 2025 (AB 1755 y SB 26) crearon procedimientos en el Código de Procedimiento Civil §§ 871.20 a 871.30 que solo aplican a los fabricantes que los adoptaron; el Departamento de Asuntos del Consumidor publica la lista. Para esos fabricantes, el § 871.27 permite restar equipo opcional, contratos de servicio y seguro GAP comprados a terceros, y el saldo negativo de un carro anterior; un reembolso del fabricante que no fue en efectivo no cuenta como precio pagado; y no se pagan intereses futuros. La calculadora no aplica estas reglas, porque dependen de cada partida de su contrato. Vea plazos de la ley limón y los cambios de 2025.
Lo que la calculadora no incluye
Lo más importante es la multa civil. Según el Código Civil § 1794(c), si el fabricante no cumplió de manera intencional, un tribunal puede añadir hasta dos veces sus daños reales. El § 1794(d) también permite que el comprador que gana recupere sus honorarios de abogado y costos del fabricante.
Tampoco sabe si su vehículo califica. Lea ¿Mi carro califica para la ley limón? y qué recibo en un caso de ley limón, o vuelva a la guía de la Ley Limón de California. Si es un carro usado, vea carros usados y arrendados. ¿Prefiere la versión en inglés? Use el lemon law buyback calculator.
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Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula el descuento por millaje en una recompra de ley limón?
Se toman las millas que usted manejó antes de la primera visita al taller por el defecto, se dividen entre 120,000 y se multiplican por el precio del vehículo, según el Código Civil § 1793.2(d)(2)(C). Por ejemplo, 8,400 millas en un vehículo de $42,000 dan un descuento de $2,940.
¿Me devuelven el enganche en una recompra?
Generalmente sí. La recompra devuelve lo que usted pagó, incluido el enganche, el crédito por el carro que dio a cambio y las mensualidades, más sus gastos incidentales, menos el descuento por millaje. El fabricante además liquida el saldo directamente con el banco.
¿Necesito un abogado para pedir la recompra?
No es obligatorio, pero ayuda. Si usted gana, el Código Civil § 1794(d) permite recuperar del fabricante los honorarios de abogado y los costos, así que muchas personas no pagan nada de su bolsillo.
¿La recompra incluye la multa civil?
No. La recompra es la restitución. La multa civil de hasta dos veces sus daños reales es aparte y la puede ordenar un tribunal si el fabricante no cumplió de manera intencional, según el Código Civil § 1794(c). No está garantizada.
¿El descuento por millaje aplica a un carro arrendado?
Sí. La ley trata a quien arrienda como comprador, así que un vehículo en leasing se puede recomprar y se puede aplicar un descuento. El reembolso se basa en lo que usted pagó, y el fabricante le paga a la compañía de leasing para cerrar el contrato.
Fuentes
- California Civil Code § 1793.2 (restitución, reemplazo y descuento por millaje), consultado octubre 2026
- California Civil Code § 1793.22 (presunción de la Ley Tanner), consultado octubre 2026
- California Civil Code § 1794 (daños, multa civil y honorarios), consultado octubre 2026
- California Civil Code § 1795.4 (leasing), consultado octubre 2026
- California Code of Civil Procedure § 871.27 (descuentos para fabricantes que optaron), consultado octubre 2026
- California Department of Consumer Affairs, lista de fabricantes que optaron por AB 1755 y SB 26, consultado octubre 2026
- Programa de Certificación de Arbitraje de California, "Ley Limón de California: Preguntas y respuestas," modificado octubre 2019
Esta guía es información general sobre la ley de California y federal a su fecha. No es asesoría legal, y leerla o comunicarse con nosotros no crea una relación de abogado y cliente. Los resultados anteriores no garantizan un resultado similar. Publicidad de abogados.