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California · Ley Limón

¿Mi carro califica para la ley limón en California?

La ley de California presume que su vehículo es un limón en tres situaciones dentro de los primeros 18 meses o 18,000 millas. Esta guía explica cada una con palabras sencillas y le da una lista para revisar su caso.

Si su carro ha ido varias veces al taller por la misma falla, es normal preguntarse si califica para la ley limón. La respuesta depende de cuatro cosas: qué tipo de vehículo es y cómo lo obtuvo, si el defecto está cubierto por la garantía, cuántas veces y por cuánto tiempo intentaron repararlo, y si todavía está a tiempo.

Esta guía explica la presunción de la ley limón, conocida como la Ley Tanner, y otras formas de calificar aunque no cumpla esa presunción. Al final hay una lista que puede revisar con sus órdenes de reparación en la mano. Es información general vigente en octubre de 2026, no asesoría legal.

La regla general: un "número razonable" de intentos

La Ley Song-Beverly (Código Civil § 1793.2(d)(2)) dice que si el fabricante o sus representantes no pueden reparar un vehículo nuevo para que cumpla con la garantía después de un número razonable de intentos, el fabricante debe reemplazarlo o devolverle el dinero, a su elección. La ley no dice cuántos intentos son "razonables". Para dar una guía clara, el Código Civil § 1793.22(b) creó una presunción.

La presunción de 18 meses o 18,000 millas

Según el Código Civil § 1793.22(b), se presume que hubo un número razonable de intentos si, dentro de los 18 meses desde que le entregaron el vehículo o las primeras 18,000 millas en el odómetro, lo que ocurra primero, se cumple una de estas tres condiciones:

1. Defecto peligrosoEl mismo defecto puede causar la muerte o lesiones corporales graves si se maneja el vehículo, se intentó reparar dos o más veces, y usted avisó directamente al fabricante por lo menos una vez.
2. Cuatro reparacionesEl mismo defecto se intentó reparar cuatro o más veces, y usted avisó directamente al fabricante por lo menos una vez.
3. Más de 30 díasEl vehículo estuvo fuera de servicio por reparaciones de defectos más de 30 días calendario en total desde la entrega. No tienen que ser días seguidos, y pueden ser por defectos distintos.

El folleto en español del estado habla de más de 30 días "no necesariamente consecutivos".

Los detalles que importan

  • El aviso directo al fabricante. En las condiciones 1 y 2, la ley pide que usted haya avisado al fabricante, no solo al concesionario. Pero ese requisito solo aplica si el manual del propietario o el folleto de garantía lo explican de forma clara y visible, con la dirección a donde escribir. Revise su manual. Si lo pide, mande una carta o correo al fabricante y guarde la prueba.
  • "El mismo defecto". Las cuatro visitas deben ser por el mismo problema. Por eso conviene describir los síntomas siempre igual, para que las órdenes de reparación coincidan.
  • Los 30 días. Cuentan los días calendario que el vehículo estuvo en el taller por reparaciones de defectos hechas por el fabricante o sus representantes. El plazo solo se extiende si la reparación no se pudo hacer por condiciones fuera del control del fabricante.
  • El arbitraje certificado. Si el fabricante tiene un programa de resolución de disputas certificado por el estado y se lo informó por escrito a tiempo, el § 1793.22(c) dice que usted debe acudir primero a ese programa antes de usar la presunción. Si no está de acuerdo con la decisión, puede seguir adelante con su reclamo.
  • Es una presunción que se puede discutir. El fabricante puede intentar probar que no aplica.

Si no cumple la presunción, todavía puede calificar

La presunción es un atajo, no un límite. Un vehículo puede ser un limón:

  • con menos intentos, por ejemplo cuando el defecto es grave y el taller ya falló dos o tres veces;
  • cuando los intentos ocurrieron después de los 18 meses o 18,000 millas, mientras el vehículo seguía bajo la garantía del fabricante;
  • cuando el taller no terminó la reparación dentro de 30 días. El Código Civil § 1793.2(b) exige que las reparaciones bajo garantía se completen en 30 días, salvo que usted acepte otra cosa por escrito o haya demoras fuera del control del fabricante.

En estos casos la pregunta es si el número de intentos fue razonable para ese defecto.

Otros requisitos para calificar

Además de los intentos de reparación, revise lo siguiente:

  • El tipo de vehículo. Vehículos nuevos comprados o arrendados en California, de uso principalmente personal o familiar; carros de demostración; algunos vehículos de negocios pequeños; y el chasis y motor de una casa rodante. Los militares destinados o residentes en California pueden estar cubiertos aunque hayan comprado fuera del estado.
  • Carros usados. Desde la decisión de la Corte Suprema de California en Rodriguez v. FCA US (octubre de 2024), la mayoría de los carros usados no califican para la recompra del fabricante. Vea carros usados y arrendados bajo la ley limón.
  • Un defecto cubierto por la garantía que afecte de forma sustancial el uso, el valor o la seguridad del vehículo, y que no sea causado por un accidente, abuso o modificaciones.
  • Reparaciones en un taller autorizado. Los intentos deben hacerse en el concesionario o en un taller autorizado por el fabricante. Un mecánico independiente no cuenta como intento del fabricante.
  • Que esté a tiempo. Los plazos cambiaron en 2025 para muchos fabricantes. Revise los plazos de la ley limón.

Lista: ¿mi carro califica?

Revise cada punto con sus papeles.

  • Compré o arrendé el vehículo nuevo (o como demostración) en California, o soy militar destinado o residente en California.
  • El problema empezó mientras el vehículo tenía la garantía del fabricante.
  • El problema afecta cómo funciona el vehículo, su valor o su seguridad.
  • Lo llevé a un concesionario o taller autorizado y tengo una orden de reparación de cada visita.
  • Dentro de los primeros 18 meses o 18,000 millas, el mismo problema se intentó reparar cuatro veces o más.
  • O el problema puede causar un accidente o lesiones (frenos, dirección, bolsas de aire, pérdida de potencia) y se intentó reparar dos veces o más.
  • O el vehículo pasó más de 30 días en total en el taller por reparaciones.
  • Avisé directamente al fabricante por escrito, si mi manual lo pide.
  • Aunque no cumpla lo anterior, el taller ya falló varias veces o tardó más de 30 días en una reparación.

Si marcó varios puntos, vale la pena una revisión gratuita. Para estimar cuánto podría recibir en una recompra, use nuestra calculadora de recompra de la ley limón, y para entender cada parte del dinero lea qué recibo en un caso de ley limón.

Qué hacer con sus órdenes de reparación

Las órdenes de reparación son la prueba principal en un caso de ley limón. La ley exige que el taller le dé una copia cada vez que hace un trabajo bajo garantía. En cada una, revise:

  1. la fecha en que dejó el carro y la fecha en que se lo devolvieron (para contar los días);
  2. el millaje al llegar al taller;
  3. cómo describieron su queja. Si escribieron algo distinto a lo que usted dijo, pida que lo corrijan;
  4. lo que hicieron. "No se pudo reproducir" o "funciona según el diseño" también cuenta como una visita.

Si su problema es de transmisión, motor, batería eléctrica o sistemas electrónicos, vea problemas comunes bajo la ley limón.

Hable con un abogado que le explique en español

En LaCour revisamos su caso gratis, en español, y le decimos con honestidad si califica. Si califica, el fabricante paga nuestros honorarios cuando ganamos. Vea nuestra guía completa de la Ley Limón de California, llame al (310) 853-3461 o llene el formulario de revisión gratuita. Si prefiere el cuestionario en inglés, use nuestra herramienta Does my car qualify for the lemon law?

Preguntas frecuentes

¿Cuántas veces tiene que ir mi carro al taller para la ley limón?

La ley presume que su vehículo es un limón si, dentro de 18 meses o 18,000 millas, el mismo defecto se intentó reparar cuatro veces o más, o dos veces si es un defecto peligroso. También si estuvo más de 30 días en total en el taller. Puede calificar con menos intentos si fueron razonables para ese defecto.

¿Mi carro califica si ya pasó de 18,000 millas?

Puede calificar. Los 18 meses o 18,000 millas solo aplican a la presunción. Si el defecto apareció y se intentó reparar mientras el vehículo seguía bajo la garantía del fabricante, todavía puede tener un caso de ley limón.

¿Los 30 días en el taller tienen que ser seguidos?

No. El Código Civil § 1793.22(b)(3) cuenta el total de días calendario que el vehículo estuvo fuera de servicio por reparaciones de defectos desde la entrega. Pueden ser varias visitas y por defectos distintos.

¿Tengo que avisarle al fabricante o basta con el concesionario?

Para la presunción de dos o cuatro intentos, la ley pide un aviso directo al fabricante, pero solo si su manual del propietario o la garantía lo explican de forma clara. Revise el manual y, si lo pide, escriba al fabricante y guarde la prueba de envío.

¿Cuenta una visita si el taller dijo que no encontró nada?

Generalmente sí. Si usted llevó el carro por el defecto y el taller escribió "no se pudo reproducir", esa visita sigue siendo una oportunidad que tuvo el fabricante para repararlo. Guarde esa orden de reparación.

¿Qué es un defecto que puede causar la muerte o lesiones graves?

La ley no da una lista, pero suelen entrar fallas de frenos, dirección, bolsas de aire, pérdida repentina de potencia o apagones del motor mientras maneja. Para esos defectos, dos intentos de reparación dentro de 18 meses o 18,000 millas pueden activar la presunción.

Esta guía es información general sobre la ley de California y federal a su fecha. No es asesoría legal, y leerla o comunicarse con nosotros no crea una relación de abogado y cliente. Los resultados anteriores no garantizan un resultado similar. Publicidad de abogados.

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